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Aportes para la ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones, publicada en la Gaceta Oficial Nº 42.813, del 05/02/2024

En virtud de la reciente entrada en vigencia de la Normativa mediante la cual se establece el procedimiento correspondiente a la liquidación, autoliquidación, pago y declaración mensual de los aportes para la ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones, publicada en la Gaceta Oficial Nº 42.813, del 05/02/2024, y debido a que aún no han actualizado el sistema SIDCAI para declarar los aportes mensuales, hemos realizado la consulta directamente al ministerio de Ciencia y Tecnología y la información suministrada para realizar los aportes del año 2024 es la siguiente:

1) Son aportantes aquellas Personas Jurídicas que hayan tenido Ingresos Brutos Anuales superiores a 150.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor establecido por el BCV en el ejercicio fiscal inmediato anterior. Para los ejercicios finalizados al 31/12/2023, la base para ser aportante se estableció en Bs. 5.881.500 (150.000 x 39,21 Euros). 

Importante destacar que el Ingreso Bruto a que se refiere la Providencia, podrá ser calculado con base a los presentados en la Declaración Definitiva de Impuesto sobre la Renta 2023.

2) Las estimaciones para todo el ejercicio anual 2024, se realizarán dentro del plazo de treinta (30) días siguientes de finalizado el ejercicio fiscal anual anterior. Debido a que esta Providencia entró en vigencia a partir del 05/02/2024, el cálculo y liquidación de las referidas estimaciones podrá realizarse hasta el 15/03/2024, fecha en la cual vence el aporte correspondiente al mes de febrero 2024.

3) Formas de determinar la declaración estimada que establece el artículo 5, de la citada Providencia:

i) Si el  aportante supera la base de los Bs. 5.881.500, el monto del aporte será el equivalente al Ingreso Bruto obtenido al cierre del 31/12/2023 por la alícuota del 0,5%, y el monto que resulte se divide en 12 porciones iguales y consecutivas que se autoliquida, declara y paga dentro de los quince (15) días siguientes a la finalización de cada mes.

ii) En caso que el aportante incumpla el plazo previsto para las estimaciones de todo el ejercicio anual correspondiente, deberán realizar estimaciones mensuales por cada mes hasta el final de su ejercicio fiscal anual. Dicha estimación se hará con base al Ingreso Bruto correspondiente al mes inmediatamente anterior.

4) Se realiza el pago del aporte los primeros 15 días siguientes a la finalización de cada mes, mediante depósito o transferencia a las cuentas bancarias indicadas en el anexo y se reportan vía correo electrónico a la siguiente dirección: loctifonacit@gmail.com.

¿Qué debe indicar el correo? Razón Social, RIF, Cálculo del Aporte, Datos del Pago.

En caso de que el cálculo no genere pago alguno, igualmente debe reportarse.

5) Finalizado el ejercicio fiscal, debe efectuarse una declaración anual y los aportes mensuales se considerarán anticipos.

 

PDF descargable GO 42.813: